Partido Popular Democratico/Español

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Partido Popular Democratico

Partido desconocido

Información general
País Flag-Cuba.jpg Cuba
Siglas PPD
Colores red and white
Política
Presidente Carlos R. Guzman
Vicepresidente Conny Island
Secretario General MaximDurrutia
Consejero Nicolas Furia
Vocero eCristianQ
Miembros 30
Rango nacional 2
Congreso 6/40 Escaños, 15%
Orientación Center-Left
Ideología Totalitarian

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FILOSOFIA

Artículo 1.- Denominación. De conformidad con la legitimidad otorgada por el pueblo de la República de eCuba, se constituye el PARTIDO POPULAR DEMOCRÁTICO, teniendo logo símbolo y colores representativos que lo identifican.

Artículo 2.- Definición. La orientación del PARTIDO POPULAR DEMOCRÁTICO (en adelante, el PPD) es de centro-izquierda democrática, comprometido con la soberanía, la unidad, la democracia política y económica, el bienestar y la felicidad de las eCubanas y eCubanos. El PPD reconoce el legítimo derecho de los pueblos a la defensa de su integridad y supervivencia. El PPD promueve la movilización política y social de la eCiudadanía por el logro de la plena vigencia de los derechos ciudadanos, las garantías políticas y civiles y la emancipación.

Artículo 3.- Identificación. El color rojo simboliza la base del ideario del PPD (centro-izquierda democrática). El jíbaro (mujer y hombre), que significa en nuestra tierras el hombre del campo (o campesino) que labraba sus tierras y era aguzao, bravo, corajudo en su intento de lograr echar adelante los suyos en la época de pobreza, siempre andaba con su machete, lo mismo en la manija, o en la ciudad, y si había que desenfundar a madrazos iba… trabajador, madrugador, sobre todo mujer y hombre de familia… patriota, buscaba la comida, tener su casita, y la independencia del país... ¡Este símbolo es genérico para identificar a las eCiudadanas y eCiudadanos que se esmeran y trabajan por una eCuba mejor cada día!


PROYECCIÓN ESTRATÉGICA

Artículo 4.- Misión: Ser inclusivos, facilitadores y provocadores; de una Nación eCubana planeada, y que logre brindar oportunidades a cada eCiudadana y eCiudadano.

Artículo 5.- Visión: Consolidar un proyecto político democrático y social que pueda integrar a toda la comunidad de eCuba, para aspirar al poder desde la base de la sociedad sin elitismo, respetando y aprovechando la experiencia de todas las eCiudadanas y eCiudadanos, rompiendo la estigmatización y llegando a grandes consensos nacionales, sin ir en detrimento de la sana crítica de los aspectos políticos económicos sociales y militares en el país, en pro de la consecución del poder.

Artículo 6.- Lema: UNIDAD, TRABAJO, PROSPERIDAD.

AFILIACIÓN

Artículo 7.- Afiliadas y Afiliados. Son afiliadas y afiliados del PPD las personas que se afilien in game, y que expresen su voluntad de pertenecer a éste, se comprometan con sus principios y cumplan sus Estatutos.

Artículo 8.- Derechos. Son derechos de las afiliadas y afiliados del PPD:

Participar en las actividades del PPD, dentro de las instancias previstas para las afiliadas y afiliados. Elegir y ser elegido, para formar parte de los organismos de dirección del PPD. Fiscalizar la gestión de su dirigencia y las actividades. Recibir información oportuna, veraz y formación política. Recibir apoyo alimentario y armentario, cuando se ponga en marcha los planes de subvención por pertenencia al PPD. Desafiliarse libremente del PPD.

Artículo 9.- Deberes. Son deberes de las afiliadas y afiliados del PPD:

Asistir a las asambleas convocadas por las redes sociales habilitadas para el efecto. Responder los correos internos, siempre que sean preguntados de algún asunto. Representar digna y honestamente al PPD. Construir, apoyar y promover las ideas y planes del PPD. Respetar los derechos de los demás miembros del PPD y de la sociedad en general, sin detrimento de la sana crítica. Apoyar a las candidatas y candidatos del Partido escogidos de conformidad con los presentes Estatutos. Participar en los eventos, movilizaciones y actividades convocadas por el PPD. Contribuir económicamente, de manera voluntaria y de acuerdo a su capacidad real, al PPD, cuando sea requerido. Hacer buen uso de los bienes, emblemas y recursos del PPD. Todo miembro del PPD que participe en la administración pública, deberá dar ejemplo de rectitud, honradez, transparencia e idoneidad, en el marco de los valores de la izquierda, los Estatutos y fines del Partido. Respetar, acoger e impulsar las decisiones legítimamente adoptadas por el Partido, en todas sus instancias. Para los elegidos al Congreso, actuar en bancada. Acatar los presentes Estatutos. Ser miembros activos.


ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL PPD

Artículo 10.- Estructura orgánica del PPD. El partido está conformado por la asamblea de afiliados, el Comité Ejecutivo, la Dirección del Partido, la Bancada del Congreso y las comisiones que decidan crearse.

Artículo 11.- Asamblea de afiliados. Es el conjunto de todas las afiliadas y afiliados del PPD.

Artículo 12.- Dirección del Partido. Para garantizar la participación democrática, se crea la Dirección del Partido, que es el máximo organismo en la toma de decisiones dentro del partido. La Bancada del Congreso está sometida a ésta. La Dirección del Partido está conformada por el Comité Ejecutivo, el Presidente del Partido, el Vicepresidente, el Secretario General, el Consejero y el Vocero.

Sus funciones serán las siguientes:

Ser la máxima instancia en la toma de decisiones del PPD, y dirigirlo. Velar por el buen funcionamiento del Partido. Evaluar, aprobar o reprobar objetivamente, las personas avaladas por el Partido a las elecciones de Presidencia de partido político, Congreso y Presidencia de la República. Hacer las veces de Comisión de Ética, por derecho propio, a la hora de imponer sanciones. Modificar los presentes Estatutos, siempre y cuando estén reunidos todos los miembros de la Dirección. Las demás que le demande el hecho de ser la máxima instancia del Partido, sin ir en contra de los Estatutos.

Artículo 13.- Comité Ejecutivo. Es el Organismo Principal del PPD, el cual está formado por sus miembros fundadores. A este Comité, podrán pertenecer aquellos miembros que hayan ejercido como Presidente del Partido, previa valoración y calificación de ingreso por parte del Comité. Su función es adelantar la ejecución programática del Partido. El Comité Ejecutivo designará a tres de sus miembros para conformar la Dirección del Partido.

Artículo 14.- Presidente del Partido (PP). Es la persona electa in game por la Asamblea de afiliados para esta dignidad. Es el encargado de gerenciar el Partido, implementar sus postulados, filosofía y proyección estratégica. Nombrará los cargos restantes con el aval del Comité Ejecutivo. Podrá modificar los parámetros in game del Partido, previa consulta al Comité Ejecutivo. Establecerá los contactos pertinentes y relaciones con los demás líderes políticos de eCuba. Será elegido conforme al reglamento del Partido. Coordinará las elecciones para cargos de Congresistas y candidatos a Presidente de la República (CP). Dirige las campañas de reclutamiento de nuevos miembros. En caso de ser elegido como CP, deberá nombrar al VPP, para asumir el cargo y dirigir los trabajos en la elección de un nuevo PP.


Artículo 15.- Vicepresidente del Partido (VPP). Es la persona electa in game por el Presidente del Partido para esta dignidad, previo Visto Bueno del Comité Ejecutivo. El VPP tendrá a su cargo todo lo relacionado a la implementación de la comunicación in game y out game de los miembros del Partido; esto incluye mensajes en cadena (mass), uso de canales acordados y otros mecanismos. Asumirá toda delegación encomendada por el PP; y en su ausencia, asume sus responsabilidades y deberes. Será el responsable de las finanzas del partido, así como los mecanismos que faciliten su ejercicio.

Artículo 16.- Secretario General del Partido. Es la persona electa in game por el Presidente del Partido para esta dignidad, previo Visto Bueno del Comité Ejecutivo. Es el representante del Partido ante instancias internacionales. Responsable de ejecutar las políticas del partido, y establecer los acuerdos aprobados por el mismo. En unión al PP, establecerá las comisiones necesarias para revisión y/o adopción de nuevas disposiciones, proyectos y reglamentaciones. En unión al Vocero del partido, realizará toda la comunicación mediática, aprobada por la institución.

Artículo 17.- Consejero del Partido. Es la persona electa in game por el Presidente del Partido para esta dignidad, previo Visto Bueno del Comité Ejecutivo. Tiene como función principal asesorar al Presidente del Partido en todo lo que sea necesario. Será miembro Ad Hoc de cada comisión que tenga el Partido. Presidirá la Bancada de congresistas que representa al Partido en el Congreso Nacional.

Artículo 18.- Vocero del Partido. Es la persona electa in game por el Presidente del Partido para esta dignidad, previo Visto Bueno del Comité Ejecutivo. Será el responsable de publicar toda comunicación avalada y/o solicitada por el Presidente y/o la Dirección del Partido. En coordinación con el Secretario General, realizará la comunicación mediática del Partido, aprobada por la Dirección del Partido. Dirigirá el órgano oficial del PPD en la prensa.

Artículo 19.- Tesorero del Partido. Es la persona electa out game por el Comité Ejecutivo del Partido. Podrá ser cualquier integrante de la Dirección del Partido. Es el encargado de administrar el inventario del Partido. Previa coordinación del Comité Ejecutivo, realizará las donaciones de inventario a los miembros favorecidos de las ayudas del Partido. Coordinará con otros miembros del Partido la entrega de donaciones económicas a jugadores beneficiarios del Plan de Subvenciones del Partido


RÉGIMEN DE BANCADAS, ALIANZAS Y COALICIONES

Artículo 20.- Régimen de Bancadas. Para quienes representen al PPD en el Congreso se aplicará el Reglamento de Bancadas, que hace parte integral de los presentes Estatutos. Este Régimen busca que el Partido no sea solo un partido de avales políticos, donde sus parlamentarios no lleven ninguna representación al Congreso, sino por el contrario la coalición de los parlamentarios del partido, actuando en bloque fortalezcan las posturas en el Congreso y representen las ideas de los afiliados en defensa de la ciudadanía eCubana:

Cuando se declare una actuación en bloque antes de votar alguna propuesta al interior del Congreso, la bancada parlamentaria será citada a reunirse junto a la dirección del partido y hará una discusión de los temas, donde se llegará a una decisión la cual se respetara y se votará en el senado como la voluntad colectiva del partido. La Dirección del Partido puede declarar la total autonomía de los congresistas para tomar decisiones y procurará mantenerla, pero es de carácter prioritario cumplir la directriz del PPD cuando se declara actuar en bloque o bancada, ante alguna posición en el Congreso.

Ser miembros activos al integrar del Congreso.


Artículo 21.- Alianzas y coaliciones. Podrán realizarse alianzas o coaliciones electorales con otros Partidos, movimientos o grupos significativos de ciudadanos, por decisión de la Dirección del Partido. Esas alianzas pueden incluir la realización de consultas populares conjuntas con otros grupos políticos o ciudadanos para escoger un candidato común.


REGLAMENTO DE ELECCIÓN DE CANDIDATOS E INHABILIDADES

Artículo 22.- Requisitos para candidatos. Con relación a los cargos electivos dentro del PPD y a nivel Nacional, se establece lo siguiente:

Cada candidato a PP deberá haber sido miembro de manera ininterrumpida, por un periodo de 30 días como mínimo. Cada candidato a CP de eCuba deberá haber sido miembro de manera ininterrumpida, por un periodo de 30 días mínimos. Cumplirá con la publicación de su Programa de Gobierno en un término no menor de siete días, antes de elecciones, ante la Dirección del Partido, y de un término no menor de cuatro días, antes de los comicios nacionales de manera pública. Cada candidato a Congresista deberá haber sido miembro de manera ininterrumpida, por un periodo de 14 días como mínimo. Cumplirá con los procesos internos de selección y primarias. Una vez determinada su participación, deberá cumplir con el orden institucional y representar los proyectos sancionados por el Partido, de ser elegidos al Congreso de la Nación. Cargos Públicos y Ministerios podrán ser ocupados por miembros del partido, con el aval de la Dirección del Partido, previa consulta, siempre y cuando no estén en contraposición con las aspiraciones institucionales.

Todo miembro del partido puede participar de estos procesos una vez cumplidos los diferentes requisitos, antes contemplados.

Artículo 23.- Inhabilidades. No podrán representar al PPD en ningún cargo:

Quienes hayan protagonizado escándalos por corrupción. Quienes no se hayan desvinculado de otro partido con tres semanas de antelación a la postulación (salvo alianza extraordinaria y pública de más de un miembro de otro partido). Quienes hayan sido amonestados por la Dirección del Partido por faltas a la ética o violación de los presentes Estatutos.


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ÉTICA DE UN JUGADOR DEL PPD

  .VOTAR:  El voto en eReublik se asemeja al LIKE, debemos concientizarnos que es una obligación ética votar todas las veces que sea necesario, ya sea a los comentarios en artículos, en el muro o donde un compañero, amigo o colaborador lo necesite. Es muy comun que se ignore este hecho por requerir permentente atención, pero es parte de nuestras obligaciones y debe convertirce en costumbre.
  .COMENTAR:  En caracter solidario todo miembro del PPD está moralmente obligado a commentar todo articulo publicado por otro miembro del partido, si no se desea expresar una idea en el cntenido del comentario basta con poner un simbolo.
  .RESHOUT: Cuando un miembro del partido publica un articulo o un comentario, debemos esforzarnos para poner desde nuestra  cuenta el link para que tenga mas resonancia.
  .RESPETO:  Un miembro del PPD jamás debe proferir insultos, expreciones que denoten recismo o cualquier tipo de discrimiación, toda discución debe ser realizada con altura y respeto.


  .AMISTAD: Es obligación ética y estratégica aceptar siempre la amistad de todos los integrantes del partido, vale recordar que para integrar una cadena de mensajes deben tener solicitud de amistad aceptada. Referente a la amistad de ciudadanos de otros partidos y/o de otros países es de acuerdo al criterio de cada uno, pero se aconseja siempre la respuesta positiva, cabe aclarar que todas las solicitudes de amistad aceptadas en este caso, permiten ver los mensajes que escriban en el muro de amigos.